NacionalesSaludSENASA22 oct 2026, 2:06 p. m.

Inscripción para exportar cítricos 2026–2027

Informan procedimiento de inscripción para la campaña 2026–2027 de exportación de cítricos. Detallan vías y requisitos según participación en campañas previas y ofrecen contactos del organismo sanitario para consultas y asesoramiento sobre el trámite presencial u online y la gestión administrativa correspondiente.

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Inscripción para exportar cítricos 2026–2027
Imagen: SENASA.

La autoridad sanitaria nacional informa a los productores y empresas interesados en exportar cítricos que se encuentra abierta la inscripción para la campaña 2026–2027. Este proceso administrativo tiene por objetivo registrar a los sujetos habilitados para el comercio exterior de frutas cítricas y garantizar el cumplimiento de las normas fitosanitarias vigentes. La inscripción clasifica a los solicitantes según su situación previa en campañas anteriores, definiendo el canal y el procedimiento aplicable a cada caso. Los destinatarios principales son los productores, empacadores, operadores y exportadores que comercializan cítricos al exterior.

Quienes participaron en la campaña 2025–2026 tienen la posibilidad de completar el trámite de inscripción a través del Sistema Informático del Comercio de Productos Agrícolas (SITC). El acceso al sistema se realiza mediante el portal institucional indicado por la autoridad competente, que centraliza la gestión electrónica y permite la actualización de datos registrales, la presentación de documentación y la verificación del estado de la inscripción. Este canal electrónico está diseñado para optimizar tiempos administrativos y reducir desplazamientos presenciales, siempre respetando los requisitos técnicos y documentales establecidos.

Para los solicitantes que se encontraban inscriptos en campañas previas, pero no en la última campaña 2025–2026, el organismo estatal recomienda consultar con la oficina local del SENASA sobre la forma de gestionar la reinscripción online. Dicha consulta permitirá corroborar la trazabilidad del registro previo, evaluar la vigencia de la documentación presentada en ocasiones anteriores y definir si corresponde la actualización de datos o la incorporación de nuevos anexos. Las oficinas territoriales brindan orientación específica según el caso y facilitan el acceso al sistema informático cuando corresponde.

En el supuesto de quienes se inscriben por primera vez o retornan después de no haber estado inscriptos desde la campaña 2024–2025, el procedimiento exigido es de carácter presencial. Esto implica que el interesado deberá concurrir a la dependencia del organismo competente para la verificación documental, toma de datos y la formalización del alta registral. El trámite presencial permite efectuar controles iniciales que no siempre son subsanables por vía remota, garantizando la correcta identificación del establecimiento, la verificación de habilitaciones y el cumplimiento de requisitos fitosanitarios exigidos para la exportación.

El alcance de la inscripción comprende la habilitación para operar en las campañas de exportación de cítricos dentro del período 2026–2027, así como la inclusión en los registros oficiales que facilitan la fiscalización, el control y la comunicación entre operadores y autoridades competentes. Además, la inscripción habilita a los operadores a recibir comunicaciones oficiales, actualizaciones normativas y requerimientos asociados a la actividad exportadora. El proceso administrativo también condiciona la posibilidad de efectuar certificaciones fitosanitarias y otros documentos necesarios para el despacho de las partidas con destino al mercado internacional.

Para consultas y asesoramiento, el organismo pone a disposición canales de contacto institucionales. Los interesados pueden dirigir sus consultas a la casilla de correo electrónico cnc@SENASA.gob.ar o comunicarse por teléfono a los números (54) 4121-5096, 5600 o 6117, donde se brinda información sobre requisitos, turnos y atención en oficinas locales. Se sugiere a los exportadores y actores de la cadena citrícola utilizar estos cauces oficiales para resolver dudas sobre la modalidad de inscripción aplicable a su caso y para obtener orientaciones precisas sobre la presentación de la documentación requerida.

Fuente: SENASA