GobiernoJudicialJudicialesSociedad8 sept 2026, 4:02 p. m.

Condenan a 12 años por abuso filiar

El Tribunal de Juicio del Distrito Judicial Sur condenó a un hombre de 39 años por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, ocurrido entre enero y mayo de 2021 en el ámbito domiciliario; la pena coincide con la solicitada por la fiscalía.

Condenan a 12 años por abuso filiar
Imagen: STJ.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur dictó una sentencia condenatoria contra un hombre de 39 años, a quien se le impuso una pena de prisión de 12 años por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, en reiteradas oportunidades. El fallo establece también la prisión preventiva del condenado a partir del momento en que se informó el veredicto.

La decisión judicial se fundamenta en el análisis de las pruebas aportadas y debatidas durante el juicio oral y público, que permitieron arribar a la calificación legal señalada por el Tribunal. Los magistrados consideraron acreditada la comisión del delito en un número indeterminado de ocasiones, con hechos ocurridos entre enero y mayo de 2021. Según consta en la acusación, los abusos tuvieron lugar en el ámbito familiar y principalmente en el domicilio del imputado, donde vivía la víctima al momento de los hechos.

La víctima era su hija menor de edad cuando ocurrieron las acciones que dieron lugar al proceso penal, lo que motivó la agravación por el vínculo y la aplicación de la pena prevista por la normativa penal vigente. Durante el debate, la representante del Ministerio Público, la Fiscal Especializada en Violencia de Género y Asistencia a las Víctimas, María Paula Schapochnik, requirió una pena de 12 años de prisión por los delitos atribuidos, petición que fue coincidente con el pronunciamiento definitivo del Tribunal.

La fundamentación fiscal, que fue valorada por el jurado, sostuvo la existencia de elementos probatorios que, a juicio de la acusación, acreditaron la perpetración de los hechos en la forma y el tiempo señalados en el escrito de elevación a juicio. La Defensa Pública, a cargo del Defensor Oficial José María Fernández López, solicitó la absolución del imputado, sosteniendo que no se había alcanzado el grado de certeza legal necesario para condenar.

En ese marco, la defensa cuestionó la suficiencia y la valoración de las pruebas, y planteó dudas sobre la certeza probatoria del relato que dio origen al proceso. No obstante, el Tribunal rechazó esos planteos y entendió que el conjunto probatorio resultó suficiente para dictar la condena por el delito imputado. Los jueces integrantes del Tribunal actuante fueron Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla, quienes comunicaron el sentido del veredicto y dispusieron también la inmediata detención del condenado en carácter de prisión preventiva.

Asimismo, informaron que los fundamentos escritos de la sentencia serán expuestos en una audiencia pública programada para el 15 de septiembre, donde se detallarán los razonamientos jurídicos y la ponderación de la prueba que condujo a la imposición de la pena. La resolución del Tribunal, además de fijar la sanción penal, delimita el alcance procesal de la causa y las medidas que se desprenden de ella en relación con la custodia de la víctima y las garantías del proceso.

El caso fue instruido y llevado a juicio en el marco de los procedimientos previstos para delitos contra la integridad sexual cometidos en el ámbito familiar, con intervención de la fiscalía especializada y de la Defensa Pública. La lectura de los fundamentos permitirá conocer con precisión los elementos probatorios valorados y las consideraciones jurídicas que motivaron la calificación y la pena impuesta.

Fuente: STJ