Condena por abuso sexual a su nieta
El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur impuso cuatro años de prisión a un hombre de 58 años por delitos contra la integridad sexual de su nieta. La sentencia fue dictada en un juicio oral y no público, y los fundamentos se comunicarán la próxima semana.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur dictó este miércoles una pena de cuatro años de prisión contra un hombre de 58 años, tras considerarlo responsable de delitos contra la integridad sexual de su nieta. El proceso judicial se desarrolló mediante un juicio oral y no público, conforme a las previsiones legales que protegen la identidad de la víctima. En la lectura de la sentencia los magistrados resolvieron la condena pero no ordenaron la prisión preventiva del condenado, decisión que quedó registrada en la resolución adoptada por el tribunal.
Durante la etapa de debate, la Fiscalía de Género, a cargo de la fiscal María Paula Schapochnik, solicitó una pena de diez años de prisión y requirió la detención del acusado, fundamento que orientó la posición acusatoria durante los alegatos. En contraposición, el Defensor Oficial, Juan Carlos Núñez, requirió la absolución del imputado, presentando los argumentos de la defensa en el marco de la audiencia. El contraste de posiciones fue parte central del debate oral y público ante los integrantes del Tribunal, que evaluaron las pruebas producidas en juicio.
El hecho imputado se ubica en el año 2022, cuando la niña tenía ocho años y se encontraba bajo el cuidado del acusado, circunstancia que fue puntualizada en la acusación fiscal. La acusación sostuvo que los episodios de abuso se habrían repetido en un número indeterminado de oportunidades, situación que configuró la calificación legal que el Ministerio Público Fiscal propuso al tribunal. La investigación y la acusación retomaron esos hechos como eje probatorio para sostener la responsabilidad penal del imputado frente a los jueces.
En la etapa probatoria del juicio se incorporaron diversas piezas: se reprodujo en audiencia la entrevista videograbada de la víctima, realizada conforme al procedimiento previsto en el artículo 105 del Código Procesal Penal, con el objetivo de preservar la declaración de la niña en condiciones de protección. Además, se recibieron declaraciones testimoniales y periciales que fueron sometidas al escrutinio del tribunal y de las partes, con la finalidad de acreditar los elementos de convicción que permitieran establecer la verosimilitud de los hechos denunciados.
El imputado prestó declaración en el debate y negó los hechos que se le imputaron, postura que sostuvo su defensa técnica durante la presentación de sus argumentos. La determinación final de responsabilidad penal y la pena aplicada surgieron del análisis conjunto de las pruebas incorporadas y de los dichos de las partes durante el juicio oral. Pese a la imposición de la pena privativa de libertad, el tribunal decidió, en la misma resolución, no ordenar la prisión preventiva del condenado al momento de dictar el fallo, dejando pendiente la fijación de fundamentos.
Los magistrados que integraron el Tribunal fueron Manuel Isidoro López, Federico Vidal y Lucas Berber, quienes participaron en la evaluación de la prueba y en la determinación de la pena. Los fundamentos de la sentencia, que explicarán en forma detallada el razonamiento jurídico y fáctico que llevó a la condena y a la decisión sobre la prisión preventiva, serán comunicados el próximo miércoles 30 de septiembre a las 19. La comunicación de esos fundamentos permitirá conocer de modo explícito los criterios adoptados por el tribunal y el alcance de la resolución dictada en el proceso.
