Actualización del Programa Nacional Lobesia botrana
El SENASA aprobó la Resolución N° 870/2026 que reformula los lineamientos del Programa Nacional de Lobesia botrana, adaptando procedimientos y herramientas de gestión para prevenir la plaga que afecta la producción vitivinícola y frutícola, con medidas ajustadas a contextos actuales de riesgo y comercio interno.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó los lineamientos del Programa Nacional de Lobesia botrana mediante la Resolución N° 870/2026, con el objetivo de adecuar procedimientos y herramientas de gestión a las necesidades actuales de prevención de esta plaga. Las modificaciones se orientan a optimizar la capacidad institucional de respuesta ante detecciones y a consolidar instrumentos técnicos y administrativos ya previstos en el programa.
En tal sentido, la actualización contempla la revisión de protocolos operativos, la integración de criterios de priorización territorial y la adecuación de registros y controles técnicos para garantizar mayor trazabilidad en acciones de prevención y control. Dentro del nuevo marco normativo se actualiza el Plan de Contingencia que se activa ante la identificación de Lobesia botrana en áreas declaradas libres. Esta actualización incorpora lineamientos clarificados sobre la identificación temprana, delimitación de focos y ejecución de medidas de erradicación o contención, estableciendo plazos y responsabilidades entre organismos nacionales, autoridades sanitarias provinciales y actores del sector productivo.
Asimismo, se precisan mecanismos de comunicación pública y de notificación entre jurisdicciones para asegurar coordinación interinstitucional y respuestas homogéneas en ámbitos de riesgo, con criterios técnicos que sostienen la toma de decisiones operativas. La normativa incorpora también el procedimiento administrativo y técnico para autorizar la importación de productos con base en feromonas destinados al control de Lobesia botrana. Este procedimiento define requisitos documentales, evaluaciones de seguridad y eficacia, así como condiciones de almacenamiento y distribución de dichos insumos.
Además, se contemplan plazos de evaluación, responsabilidades del importador y controles en frontera para verificar el cumplimiento de las condiciones autorizadas, garantizando que los productos introducidos cuenten con documentación que respalde su uso específico contra la plaga y no impliquen riesgos adicionales para la sanidad vegetal. En materia de movimiento de productos entre regiones, la resolución actualiza el Sistema de Mitigación de Riesgo (SMR) aplicado al traslado de uva en fresco dentro del mercado interno.
La revisión del SMR incorpora criterios de certificación fitosanitaria, requisitos de embalaje y transporte, y mecanismos de control para reducir la probabilidad de diseminación de la plaga mediante el comercio doméstico. Se detallan las condiciones que deben cumplir los operadores, las instancias de verificación fitosanitaria y los registros exigibles para acreditar la adecuación a las medidas de mitigación, contribuyendo así a la continuidad comercial sin menoscabo de la protección sanitaria.
Las adaptaciones normativas buscan ampliar el alcance operativo del programa hacia destinatarios específicos: productores vitivinícolas y frutícolas, exportadores e importadores de insumos de control, operadores de logística y autoridades sanitarias locales y provinciales. A través de canales institucionales definidos, como registros oficiales, autorizaciones administrativas y sistemas de notificación técnica, se facilita el acceso a la información requerida para la implementación de medidas.
También se establecen canales de comunicación sectoriales y protocolos para la capacitación y diseminación de buenas prácticas entre los actores, reforzando la difusión técnica para una aplicación homogénea de las medidas en todo el territorio nacional. En síntesis, la Resolución SENASA N° 870/2026 actualiza y articula herramientas de gestión, planes de contingencia, autorizaciones para insumos a base de feromonas y el SMR para el movimiento de uva en fresco, con el fin de prevenir y mitigar el riesgo de Lobesia botrana en la producción vitivinícola y frutícola.
Las medidas responden a la necesidad de armonizar procedimientos administrativos y técnicos, precisando responsabilidades, plazos y canales de control, para garantizar la eficacia de las acciones de prevención y control y preservar la sanidad vegetal y la continuidad comercial del sector.
